Ahora que las cifras muestran una sensible baja en la cantidad de nuevos juicios por demandas de los trabajadores contra el sistema, los aseguradores ponen el foco en el stock de casos pendientes de resolución, la demora en la constitución de los Cuerpos Médicos Forenses y la incertidumbre que les provoca la amplísima diversidad de criterios para fijar las tasas de interés que aplican los juzgados.

 

Escribe Aníbal Cejas

 

Ya se han cumplido tres años desde la sanción de la ley 27.348, complementaria de la Ley de Riesgos del Trabajo, en febrero de 2017. Uno de sus efectos más palpables es la paulatina disminución de la cantidad de nuevos juicios que los trabajadores inician para reclamar por aquello que consideran injusticias del sistema.
Pero para los aseguradores los más de 350.000 casos pendientes de solución siguen encendiendo las luces de alerta, ya que los mecanismos para fijar las indemnizaciones y las tasas de ajuste de los montos que fija la justicia les parecen poco transparentes y con poca certidumbre. Pero hace escasos días se escuchó una buena noticia. La media sanción en la provincia de Santa Fe a la adhesión de esa jurisdicción a la ley de riesgos del trabajo es un dato alentador para el sistema.

 

 

Cobertura

A marzo de este año, el sistema amparaba a 9.847.061 trabajadores y 1.714.817 empleadores, incluyendo el régimen de protección para trabajadores de casas particulares. El desglose de estas cifras es el siguiente:
• Trabajadores amparados de unidades productivas: 9.242.823
• Empleadores amparados de unidades productivas: 1.216.341
• Trabajadores de casas particulares amparados: 604.238
• Empleadores de casas particulares amparados: 498.476

El valor promedio de la cuota por trabajador fue de $ 953,65 entre las unidades productivas (excluyendo casas particulares). El promedio de la cuota fue, en marzo de este año, 2,71% de la masa salarial. El aporte correspondiente a trabajadores de casas particulares fue de $ 189,27. Gracias a la reducción de la litigiosidad y a la fuerte guerra comercial entre operadores, la alícuota promedio ha bajado en los últimos 3 años.

 

Nuevo entorno

La litigiosidad judicial se redujo de manera importante. El procedimiento administrativo obligatorio (las Comisiones Médicas) homologa casi el 90% de los reclamos generados por los trabajadores. Este mecanismo permite resolver el caso pronto y cobrar la indemnización de manera rápida. El trabajador ya no tiene que esperar los largos tiempos de la Justicia y reduce gastos de honorarios en el proceso, si resuelve su caso en las Comisiones Médicas.
Al respecto, Guillermo Davi, Gerente de Prevención Riesgos del Trabajo, analizó: «Haciendo una evaluación objetiva, el trabajador se ahorra mucho tiempo, ya que el sistema ha logrado agilizar los procesos y los plazos de resolución de las incapacidades. El trámite es breve, con plazos perentorios, se puede ofrecer prueba y la prestación dineraria se actualiza hasta el momento del efectivo pago. El hecho de que el trabajador conozca sus derechos (durante todo el proceso administrativo, el trabajador accidentado se encuentra representado legalmente), escuche personalmente el monto que corresponde por ley a su indemnización y que lo reciba en su cuenta sueldo en un plazo de 5 días, se traduce en que el porcentaje de aceptación en oficinas homologadoras supere el 90% de los siniestros.
Por otro lado, en el proceso judicial, el letrado patrocinante no solo cobra los honorarios que le corresponde por parte de la ART, sino que, en muchas oportunidades, se hace de un porcentaje de la indemnización que cobra el trabajador por su incapacidad laboral, siendo dicho cobro al trabajador totalmente prohibido por la ley. Por tal motivo, la acción legal muchas veces termina siendo una pérdida económica para el accidentado».
Y sobre el trabajo de las Comisiones Médicas, el ejecutivo del Grupo Sancor Seguros evaluó: «Las comisiones médicas vienen mejorando gradualmente, incorporando profesionales idóneos y creándose nuevas comisiones en todo el país. No obstante, es importante que los trámites sean cada vez más rápidos, ágiles y sencillos para los trabajadores y las propias aseguradoras, de manera que la instancia administrativa se vaya instalando como el ámbito adecuado para la resolución de los casos y el cobro justo de las indemnizaciones por parte de los trabajadores».

Para los aseguradores, el acierto de la Ley 27.348 es haber establecido el Baremo como tabla de medición de incapacidades y las Comisiones Médicas como instancia administrativa previa al juicio. Fue la medida que contuvo la avalancha de juicios que pone en riesgo a todo el sistema. La reforma de la ley garantiza al trabajador mayor celeridad en su reclamo administrativo y si éste no está de acuerdo con el dictamen de la Comisión Médica, sigue teniendo la posibilidad de recurrir al reclamo judicial. De hecho, como se verá más adelante, en marzo de este año casi 6.000 trabajadores iniciaron juicio.

Como se sabe, la policía del trabajo es una materia cuya facultad recae en las provincias (y la CABA). Por ello, para que los términos de la Ley 27.348 tengan efecto, cada provincia debe adherir a la misma. Y, de hecho, el flujo de juicios disminuyó enfáticamente en las provincias y jurisdicciones adheridas (38% en 2018 versus 2017 y 38% en el 1° Trimestre 2019 versus 2018), en tanto sigue en franco aumento el ingreso de juicios en la Provincia de Santa Fe.

Por todo ello, la evaluación general de la reforma es favorable. Pero desde la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART) alertan sobre la demora en la conformación de los Cuerpos Médicos Forenses (CMF), un mecanismo previsto en la Ley 27.348.

 

Bajó la cantidad de juicios nuevos

Según datos de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), en marzo de 2019 ingresaron 5.986 nuevos juicios, un 39,5% menos que en igual mes del año anterior. La cifra anterior corresponde a las demandas hechas por trabajadores de las unidades productivas. En el sector de Casas Particulares hubo 97 juicios nuevos, 41,9% menos que el año anterior. Sin embargo, el stock de juicios pendientes sigue en aumento. A marzo de 2019, según datos de la SRT, sumaban 354.024 casos. Respecto de marzo de 2018 (cuando había 293.961 juicios sin resolver) el stock aumentó 20%.
También es cierto que el peso de la mochila judicial crece a un ritmo más lento que antes. Entre marzo de 2017 (había 213.271 demandas pendientes) y marzo 2018, el stock se incrementó 38%. Es decir que ahora crece casi la mitad que antes.

Hoy, cuando la reforma todavía no está en marcha en Santa Fe, esa provincia encabeza el ranking en cantidad de juicios. En la comparación nacional, Santa Fe con 1.723 juicios en marzo, multiplica por 4 veces la cantidad de demandas que se presentaron en Mendoza (423) y la cantidad de casos que ingresaron en Córdoba (423). Y supera a CABA y PBA en 25% y 20%, respectivamente, a pesar de los muy diferentes tamaños de las tres economías.
Pero en general, se observa una mejora. Y las aseguradoras también deben hacer lo suyo para que los conflictos no lleguen a sede judicial.

«Tanto en Prevención ART como en las demás compañías del Grupo Sancor Seguros, aplicamos una política de gestión muy proactiva en lo que atañe a la contención y reducción del stock judicial -destacó Davi-. Entendemos que la salud de la empresa estará dada, en gran medida, por una correcta y responsable administración del pasivo judicial. Todas nuestras causas son defendidas de la mejor manera, aunque la realidad pericial y la diversidad de criterios judiciales en las distintas jurisdicciones del país, nos obliga permanente a revisar y ajustar nuestras estrategias. Para esto no hay recetas mágicas, implica un análisis constante y aplicar mucha inteligencia a cada una de las gestiones que vamos realizando sobre la cartera de juicios. Tenemos muchos años de experiencia judicial en Riesgos del Trabajo, lo que nos permite prever determinados resultados e ir desplegando nuestras mejores estrategias. Mantener un stock saludable de juicios permite también mitigar el impacto económico que está generando en las sentencias la carga desmesurada de intereses judiciales; hay jurisdicciones donde se llegan a actualizar los créditos judiciales con doble tasa activa».

En sintonía, Federico Nielsen, Subgerente General y Gerente de Legales de Provincia ART, manifestó: «En Provincia ART estamos convencidos que la mejor y la primera forma de reducir el ingreso de juicios, es evitar que los siniestros ocurran. En ese sentido, la baja que se registró en la litigiosidad de las provincias que adhirieron a la ley 27.348, nos permite reconvertir esos costos de recursos en mayor inversión para la prevención, lo que creemos que es el valor fundamental del Sistema».

«Nuestra propuesta de cambio de paradigma en ese sentido, con la inclusión del concepto de Empresa Saludable en la Argentina, es el mejor ejemplo de este impacto positivo al que me refiero y alimenta el círculo virtuoso: un entorno de trabajo saludable donde el trabajador es visto como un todo y donde la educación para la salud lo interpela como persona y no sólo en las horas en las que cumple sus tareas laborales, implica necesariamente una mejor performance de producción para el empleador, un ahorro en la tarifa por la baja siniestralidad, la ausencia de juicios -como consecuencia directa de lo anterior- y una sociedad más saludable en su conjunto», amplió.

Ahora, ¿por qué el elevado stock de juicios resulta nocivo para el balance de las aseguradoras?
Davi respondió: «El hecho de que sean procesos prolongados en el tiempo, de escasa previsibilidad acerca del resultado final (montos siderales, a veces de inusual correspondencia con los hechos), hace que las aseguradoras deban constituir reservas e inmovilizar importantes montos de dinero que podrían aplicarse a la innovación y mejora en el otorgamiento de las prestaciones en general».

 

Santa Fe

El 4 de julio, la Cámara de Senadores de Santa Fe aprobó por unanimidad la adhesión de ese distrito a la Ley Complementaria N° 27.348. Ahora falta que la Cámara de Diputados también preste su apoyo a la mencionada norma para que comience a regir. En total, ya son 15 las jurisdicciones que han adherido a la ley 27.348.
Como las otras jurisdicciones redujeron la cantidad de nuevas demandas, entre diciembre de 2018 y marzo de 2019, Santa Fe fue el distrito en el que se notificó la mayor cantidad de juicios.

La situación de Santa Fe adquiere relevancia porque es uno de los distritos donde se concentra la litigiosidad. Los otros son la Ciudad de Buenos Aires, y las provincias de Buenos Aires, Córdoba y Mendoza, que concentran el 93% de la litigiosidad del país y el 77% de la siniestralidad.

 

Asignatura pendiente

Los aseguradores reclaman por la demora en la conformación de los Cuerpos Médicos Forenses o Periciales, previstos en el art. 2 de la Ley 27.348. Los CMF deben estar integrados por profesionales convocados por concurso, con honorarios desacoplados del monto de la sentencia, que actúen guiados por el Baremo como regla de medición previsible y equitativa del daño.

¿Por qué los aseguradores reclaman por este punto? Porque sostienen que hay mucha discrecionalidad en el proceso de valoración del daño corporal y que actualmente se determinan daños que están por encima de lo que marca el baremo.
Para demostrar esto, la UART analizó una buena cantidad de juicios en febrero de 2018 y encontró que un tercio de ellos presentaban un adicional de 17.5 puntos porcentuales de incapacidad respecto del Baremo. «Si esa discrecionalidad sin basamento se aplicara al resto de los juicios en stock, el sistema quebraría como consecuencia de un brutal desfasaje entre las primas cobradas por las aseguradoras y los pasivos a afrontar. En este sentido, y sin estos cuerpos a nivel de cada jurisdicción, la reforma está a mitad de camino. Todo lo antedicho sobre el tratamiento pericial del stock de juicios, también tiene su impacto en los nuevos trámites, ya que de la pericia judicial finalmente dependerá si prosperan o no las nuevas demandas», indicaron desde la UART.

Al respecto, Nielsen, de Provincia ART, manifestó: «Mayormente, se podría decir que estamos asistiendo a la confirmación de los dictámenes de comisión médica por parte de los jueces intervinientes, con lo cual, no estamos teniendo una cantidad significativa de casos en donde sea necesaria la intervención de los peritos. Nosotros creemos que la conformación de los cuerpos médicos forenses es fundamental para asegurar la buena salud del sistema, que fue uno de los principales de la ley».

Luego, Davi afirmó: «Notamos que uno de los principales motivos de judicialización del sistema se debe a que aún en las provincias adheridas y en donde se encuentra operativo el nuevo procedimiento administrativo, no se ha logrado integrar el cuerpo médico forense en la jurisdicción, por lo que continúa la situación anterior, en la que los honorarios de los peritos son variables y muchas veces vinculados a la cuantía del juicio.
Por lo tanto, la implementación de la reforma ha quedado inconclusa, dado que se ha revalidado el procedimiento administrativo en su carácter previo a una instancia judicial, pero no se fue adecuando la normativa provincial a lo establecido en el art. 2 de la ley 27.348. Es fundamental que las provincias adheridas revean sus esquemas periciales en el sentido propuesto por la nueva ley».

 

 

Desde la UART también apuntaron que todo lo anterior se agrava con el valor de las tasas de interés que aplican los diferentes juzgados o jurisdicciones. «Además de la heterogeneidad e incertidumbre que esto agrega, son valores que están desfasados de cualquier variable económica. El abuso ha llegado a grado tal que la CSJN en el caso Bonet, ha mandado a la Sala III de la CNAT a dictar nueva sentencia, teniendo en cuenta las consideraciones de la tasa aplicada», indicaron.

Aunque, por otro lado, reconocieron que hay numerosos fallos favorables de diversas Salas de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que rescatan el espíritu de la Ley 27.348 y los de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que aportan claridad rectora a la jurisprudencia.