La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) aprobó mediante la Resolución SRT N° 44/20, la implementación de la Mesa de Entradas Virtual (MEV) disponible las 24 hs y los 365 días del año.

La SRT puso en marcha la MEV como medio de interacción con la comunidad en general que permite iniciar trámites laborales y presentaciones a diferentes áreas del organismo mediante el sistema de ventanilla electrónica a través de la plataforma “e-Servicios-SRT” donde sólo se necesita contar con CUIL/CUIT y clave fiscal.

A través de esta mesa se canalizarán también, aquellas presentaciones que habitualmente y en forma presencial se efectuaban en la sede de la SRT de Sarmiento N° 1962 PB, CABA.

Con el propósito de brindar un servicio online a la ciudadanía frente a las medidas de distanciamiento social como consecuencia de la situación epidemiológica producto del Coronavirus COVID-19, se ampliaron los servicios de atención al público a través de canales remotos. En principio, ya se encuentra habilitado en esta plataforma 3 trámites laborales: Reconocimiento de enfermedad profesional del Coronavirus COVID-19, Divergencia en el alta y Divergencia en las prestaciones. El resto de los trámites laborales se irán incorporando de manera paulatina.

Además, también se pueden realizar diversas presentaciones en expedientes laborales que ya se encuentren en curso: presentación de pruebas; de alegatos; aclaratoria, rectificatoria y apelación de un dictamen médico; apelación de una Disposición del Servicio de Homologación; presentación de documentación por requerimiento de las Comisiones Médicas (CM) y presentación de Historia Clínica.

Asimismo se podrá solicitar: nuevo turno para nueva audiencia o estudio médico; la continuidad del trámite médico; pronto despacho; pronto despacho al Servicio de Homologación; traslado de expediente a otra CM; desarchivo y archivo de un expediente; visado de estudios preocupacionales; informar cambio de domicilio y alta o baja de un apoderado.

En caso de no contar con clave fiscal se pueden realizar trámites de Solicitud de reconocimiento de enfermedad profesional del Coronavirus COVID-19, Divergencia en el alta y Divergencia en las prestaciones mediante Trámites a Distancia (TAD).

Guía paso a paso en formato PDF para la utilización de la mesa virtual: https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/mev_guia_paso_a_paso_0.pdf

Tutorial Youtube: https://www.youtube.com/watch?v=n0mpLwOo4B4&feature=emb_title

Más información sobre la modalidad de tramitación vía TAD, https://www.argentina.gob.ar/noticias/requisitos-para-iniciar-los-tramites-virtuales

 

Requisitos para iniciar presentaciones vía Mesa de Entradas Virtual

La Resolución SRT N° 44/20 implementa como medio de interacción con la comunidad la MEV mediante la plataforma “e-Servicios S.R.T.”, donde para acceder a la misma sólo se necesita contar con CUIL/CUIT y Clave Fiscal.

A través de esta mesa se canalizarán las presentaciones que habitualmente se efectuaban de manera presencial en la sede de la SRT de Sarmiento 1962 PB, CABA, y la posibilidad de hacer diversas presentaciones en expedientes laborales que ya se encuentren en curso. En esta plataforma se encuentran habilitados 3 trámites laborales: Reconocimiento de enfermedad profesional del Coronavirus COVID-19, Divergencia en el alta y Divergencia en las prestaciones. Los requisitos para gestionar los mencionados trámites son los siguientes:

DIVERGENCIA EN LAS PRESTACIONES

Trámite destinado a resolver la disconformidad del trabajador con el tratamiento médico recibido por parte de la ART / EA.

REQUISITOS

1. DNI del/a trabajador/a (copia o escaneado de anverso y reverso).

2. Denuncia del Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional.

DIVERGENCIA EN EL ALTA MEDICA

Trámite destinado a resolver el desacuerdo del trabajador con el Alta Médica otorgada por la A.R.T./E.A.

REQUISITOS

1. DNI del/a trabajador/a (copia o escaneado de anverso y reverso)

2. Denuncia del Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional

3. Alta Médica otorgada por la A.R.T./E.A.

SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO ENFERMEDAD PROFESIONAL CORONAVIRUS COVID-19

Trámite destinado a resolver la naturaleza laboral de un contagio de Coronavirus COVID-19.

REQUISITOS

1. Escrito de presentación con correspondiente patrocinio letrado, que deberá contener:

a) Descripción del puesto de trabajo, funciones, actividades o tareas habituales desarrolladas

b) El fundamento de la relación de causalidad directa e inmediata de la enfermedad denunciada COVID-19, con el trabajo efectuado en el contexto de dispensa al deber de aislamiento social, preventivo y obligatorio

2. DNI del/a trabajador/a (copia o escaneado de anverso y reverso)

3. DNI y Matrícula del/a abogado/a patrocinante (copia o escaneado de anverso y reverso)

4. Historia Clínica de la enfermedad COVID-19, para el supuesto de haber recibido tratamiento médico asistencial a través de Obra Social o en prestadores públicos o privados

5. Constancia de Alta Médica otorgada por la A.R.T. o el E.A. de conformidad con lo dispuesto por la Resolución S.R.T. Nº 1.838 de fecha 01 de agosto de 2014 y complementarias

6. Toda otra documentación de la que intente valerse a efectos de acreditar la invocada relación de causalidad

De no constatarse denuncia de la enfermedad ante el registro correspondiente, el trabajador deberá aportarla a pedido de la SRT. El resto de los trámites laborales se irán incorporando de manera paulatina. Los requisitos pertinentes se informarán oportunamente en este sitio web.

Descargar la Resolución SRT N° 44/20