La Decisión Administrativa N° 2045/20 se publicó el viernes pasado en el Boletín Oficial, y permite al colectivo de trabajadores y trabajadoras de estas actividades retomar sus tareas bajo los lineamientos preventivos contemplados por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y por las autoridades nacionales y provinciales competentes.

Este protocolo general es el resultado del trabajo y la articulación de numerosas agrupaciones representativas del sector teatral y de la música junto al Ministerio de Cultura de la Nación -a través de la Secretaria de Desarrollo Cultural-, el Ministerio de Salud de la Nación y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT).

Se alcanzó, de esta manera, un consenso general para determinar acciones de prevención y mitigación de riesgos que permitan a los trabajadores desarrollar sus actividades de manera segura, conforme a las previsiones de las autoridades nacionales y locales competentes. El objetivo principal es propiciar el regreso paulatino de las diversas actividades y manifestaciones escénicas dentro de un contexto dinámico y cambiante de la pandemia por COVID-19, garantizando la prevención de transmisión de esa enfermedad entre artistas, trabajadores, colaboradores y público en general.

Este protocolo permite reiniciar la actividad y la reapertura en forma gradual de acuerdo a la situación epidemiológica local, y tiene como premisa brindar confianza a todas las personas que participan de la realización de actividad teatral, música en vivo, performances, etc. Las reglas y/o recomendaciones establecidas en el documento podrán ser ampliadas o modificadas según los cambios que surjan respecto a la situación epidemiológica y a cualquier otra sugerencia que emane de las autoridades jurisdiccionales.

Las siguientes organizaciones apoyaron el Protocolo aprobado:

  • Asociación Argentina de Empresarios Teatrales y Musicales (AADET)
  • Asociación de Técnicos e Ingenieros de Audio (AATIA)
  • Asociación de Managers Argentinos (ACMMA)
  • Asociación de DJs (ADISC)
  • Asociación Argentina del Teatro Independiente (ARTEI)
  • Asociación Argentina de Productores (ASAP)
  • Cámara Argentina de Proveedores de Técnica para Eventos y Espectáculos (CAPTE)
  • Cámara de Clubes de Música en Vivo (CLUMVI )
  • Federación Argentina de Músicos Independientes (FAMI)
  • Industria del Entretenimiento Argentino (IDEAr)
  • Sindicato Argentino de Músicos (SADEM )
  • Unión de Musicxs Independientes (UMI)
  • Asociación Argentina de Actores (AAA)
  • Instituto Nacional del Teatro (INT)
  • Instituto Nacional de la Música (INAMU)
  • Teatro Nacional Cervantes (TNC )
  • Espacios Escénicos Autónomos (ESCENA)
  • Asociación de Diseñadores Escénicos de Argentina (ADEA)
  • Profesionales de la Dirección Escénica Argentina (APDEA)
  • Asociación Profesional de Productores Ejecutivos de las Artes Escénicas (APPEAE)
  • Profesores Independientes de Teatro (PIT)
  • Red de Teatros Comunitarios
  • Cámara de la Industria del Espectáculo y Afines (CIEyA)
  • Federación Argentina de Músicos (FAM)
  • Red de Mujeres en el Sonido (RMS)
  • Sindicato Argentino de Técnicos Escénicos (SATE)
  • Asociación Argentina de Gente de Prensa del Arte y de la Cultura

La norma, que beneficia aproximadamente a 550 mil trabajadores y trabajadoras, comprende a las siguientes actividades:

a. Trabajo administrativo y de mantenimiento de espacios;

b. Ensayos, entrenamiento y práctica teatral y musical;

c. Grabación y/o transmisión de contenidos escénicos en entornos presenciales o digitales (grabación de obras de teatro, performance y/o música en vivo), con o sin asistencia de espectadores en el espacio físico y con la posibilidad de ser transmitidos a través de un sistema de streaming;

d. Desarrollo de actividades escénicas como presentaciones, clases, talleres, seminarios, etc., siempre bajo las pautas que establece este protocolo;

e. Desarrollo de funciones y conciertos con asistencia de público presencial. En el documento se entiende por artistas a: actores, actrices, músicos, músicas, cantantes, bailarines, performers, djs, vjs y a toda aquella persona que participe del hecho escénico dispuesto en las actividades alcanzadas por el presente punto.

Descargar el Protocolo General para la Actividad Teatral y Musical en vivo con público