Guillermo Davi, Gerente General de Prevención ART, y Guillermo Meneguzzi, Gerente de Riesgos del Trabajo del Grupo Asegurador La Segunda, dialogaron con Informe Operadores de Mercado acerca de cómo continuarán las prestaciones por Covid en el sistema y sobre su financiamiento. La cantidad de casos Covid reportados. ¿Qué pasará cuando se agote el fondo que financia estas prestaciones?
Escribe Lic. Aníbal Cejas

Según los operadores, el mayor desafío, fundamentalmente en un contexto de aumento de casos, es el de poder seguir brindando prestaciones y servicios a los trabajadores con total normalidad y evitar situaciones de colapso en el sistema de salud.

«Hay que seguir trabajando en todos los frentes posibles en generar una fuerte concientización en los trabajadores, y la sociedad en general, sobre la importancia de cumplir con todos los protocolos y medidas preventivas, priorizando siempre el cuidado de la salud de la población para evitar aumentos en los niveles de transmisión comunitaria del virus», declaró Guillermo Davi.
«Junto a nuestras empresas clientes venimos haciendo un enorme esfuerzo e inversión en materia preventiva para que la gente trabaje sin riesgos de enfermarse por Covid. Producto de todo este trabajo, estamos convencidos de que los niveles de contagio del virus en los establecimientos laborales son mínimos en comparación con otros ámbitos o espacios, donde los cuidados y el cumplimiento de las normas se fueron debilitando gradualmente. Empezar a revertir estas conductas debe ser el principal desafío, y allí todos tenemos responsabilidades», amplió.

De hecho, en la web de la UART (Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo) existe todo un apartado sobre las recomendaciones por actividad para que los trabajadores enfrenten la pandemia con seguridad (http://www.uart.org.ar/~uart/recomendaciones-por-actividad-2/) para comercios, industrias, geriátricos, transportes, personal de vigilancia, etc.

Por su parte, Guillermo Meneguzzi, puntualizó: «La inclusión del Covid19 dentro de la cobertura de riesgos del trabajo como enfermedad profesional no listada y totalmente ajena al sistema de riesgos del trabajo, representó un gran desafío para el sistema, demostrando una vez más las ART, estar a la altura de las circunstancias.
El contexto nos puso a prueba tal como sucedió con otros sectores de la economía, y el mercado reaccionó de manera muy rápida puertas hacia adentro, implementando en tiempo récord el teletrabajo, potenciando soluciones informáticas y el uso de la tecnología, identificando nuevos procesos críticos de manera tal de continuar brindando un servicio que es esencial y de excelencia hacia nuestros asegurados y sus trabajadores; y hacia afuera de la organización, brindando respuestas a nuestros clientes y acompañándolos durante todo este tiempo, aplicando políticas individuales, renegociando contratos, asesorándolos en materia de prevención.
Asimismo, arbitramos todos los medios para continuar brindando prestaciones y servicios que por su naturaleza no pueden realizarse de ninguna otra forma que no sea presencial, en un contexto de muchas restricciones e impedimentos tal como todos conocen. En esta línea, ampliamos nuestras redes de prestadores para atender estos nuevos siniestros (especialistas, médicos infectólogos, red de hotelería y proveedores de traslados, módulos de aislamientos en Sanatorios y Clínicas, contacto permanente con los pacientes y seguimiento en domicilio) y aplicamos la telemedicina siguiendo todas las recomendaciones del Organismo de Control».

Guillermo Davi, Gerente General de Prevención ART, y Guillermo Meneguzzi, Gerente de Riesgos del Trabajo del Grupo Asegurador La Segunda.

Desafíos

Meneguzzi sintetizó los desafíos del sistema de riesgos del trabajo para el 2021 en 4 ejes: «El primero tiene que ver con el financiamiento del sistema y el impacto que tuvo en el mismo la recaudación y caída importante en materia de facturación. Y esto tiene que ver lógicamente con las variables externas como la caída en el nivel de empleo, de la actividad económica, el trabajo informal, caída en el nivel de los salarios, lo que repercutió sin dudas en el manejo de las tarifas que también tuvieron un impacto negativo. En tal sentido, el sistema deberá encontrar la forma para no desfinanciarse y continuar brindando cobertura de calidad con incentivos correctos y al alcance de objetivos, y disponer de un financiamiento necesario y adecuado a las dos operatorias: Covid, a partir de una revisión y re fondeo del FFEP y respecto de la siniestralidad habitual.
El segundo desafío del sistema tiene que ver indudablemente con continuar brindando, frente al difícil contexto que atraviesa el país (restricciones en la circulación, afectación prioritaria de recursos y sistemas de salud a la atención de la pandemia), servicios y atención de excelencia a nuestros asegurados, tanto en materia de prevención (comunicación permanente con nuestros clientes, capacitación y asesoramiento) como en lo que refiere a la cobertura habitual de accidentes y enfermedades profesionales de nuestra cartera activa (cobertura integral, prestaciones dinerarias más especies). La pandemia provocó indudablemente un impacto negativo en la duración media de los siniestros en RT que repercute lógicamente en los costos siniestrales frente las dificultades de continuar con tratamientos, rehabilitaciones, complejidad en las altas, etc. A este escenario debemos incluir también la cobertura de posibles nuevas enfermedades laborales (producto del teletrabajo) y los accidentes acaecidos en el lugar, jornada y ocasión del teletrabajo.
Como tercer desafío aparece lógicamente la cobertura de los casos Covid y la necesidad de atender la mayor frecuencia siniestral con la estructura existente. Para tal fin, tal como se señaló precedentemente, las ART implementaron desde el inicio de la pandemia actividades de prevención en primer término (protocolos, asesoramientos específicos y virtuales, capacitaciones y seminarios específicos) y una atención médica integral a partir de la implementación de protocolos operativos de gestión interna, refuerzo de los planteles de profesionales, contratación de nuevos proveedores al servicio de la atención de estos siniestros, test PCR, seguimiento permanente y, en domicilio, módulos de aislamiento y traslados.
Por último, el Sistema de Riesgos del trabajo -tal como lo viene haciendo- deberá continuar por la senda de la innovación y la aplicación de recursos tecnológicos al servicio de nuestros asegurados, implementando por ejemplo el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones a la salud, lo que hoy se conoce como telemedicina, de manera de seguir mejorando los servicios de atención en salud, facilitando por ejemplo consultas tempranas, accesos a servicios médicos especializados, reducción o eliminación de traslados innecesarios, etc. Lanzamientos de apps que posibilitan un mayor y mejor acercamiento con los beneficiarios finales de los servicios que presta el sistema».

Financiamiento

Las prestaciones por COVID se financian en un 100% con el Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales. ¿Cómo opera el fondo? ¿Cómo se financiarán las mencionadas prestaciones cuanto el fondo se agote?

Meneguzzi respondió: «El sistema de riesgos del trabajo nunca ha cobrado primas para cubrir esta patología. La enfermedad provocada por el virus Covid-19, originada en una pandemia declarada por la OMS a nivel mundial, no se encuentra incluida lógicamente en el listado de enfermedades profesionales. Estas prestaciones (las previstas en el art. 1 del DNU que incluye al Covid como enfermedad profesional no listada) tal como lo dispone el DNU 367 serían financiadas en un 100% e imputadas al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales. La Resolución N° 38/20 de la SRT se encargó de reglamentar el procedimiento y, en el Capítulo III artículo 13 estableció que: ‘En función de las presunciones impuestas, sin necesidad de la intervención de la CMC, las ART estarán habilitadas a imputar al FFEP, creado por el Decreto 5900 en fecha 30 de junio de 1997, el costo de otorgamiento de las prestaciones en especie y dinerarias en concepto de ILT’.
Este fondo, que fuera creado para un fin específico, es administrado por las ART y ninguna de éstas puede realizar imputaciones al mismo de prestaciones, sin pasar previamente por un sistema de control en cabeza del Organismo de Control. Es decir, las ART no pueden imputar al FFEP ningún egreso distinto del pago de prestaciones previstas en la LRT (en este caso específico en lo dispuesto por el DNU 367/20) y en los términos previstos en la reglamentación vigente, que regula aspectos centrales del procedimiento. De allí que este tipo de siniestros, si bien en su mayoría son leves, requieren mucha carga administrativa por las exigencias y cumplimientos de requisitos que el sistema impone a las ART para poder luego acceder a él.
La inclusión del Covid dentro de la cobertura tal como lo mencionamos, por la alta frecuencia siniestral representada por el incremento representativo de casos, sumado a los elevados costos prestacionales, produjo un desfinanciamiento del fondo, que se financia -conforme lo estableció el mismo decreto que lo creó- con una porción de cada alícuota de afiliación a cargo de los empleadores que sigue siendo, desde su creación, de sesenta centavos (0,60) por trabajador cubierto por mes».

Luego, Davi añadió: «En nuestro caso, todas las prestaciones que se brindaron se fueron imputando con cargo al fondo, por lo que no podemos decir que los recursos del mismo se hayan agotado. No obstante, las proyecciones indican que los recursos disponibles serán insuficientes para financiar el costo total de las prestaciones por Covid, por lo que se está trabajando en proponer alternativas de financiamiento para que sean evaluadas y encontrar la mejor solución en el momento que corresponda».

Más adelante, Meneguzzi analizó el escenario posible para el momento en que el fondo se agote: «Vale aclarar que, atento el volumen de movimientos que implicó la cobertura prevista en el DNU 367/20, se diseñó un esquema de compensación de resultados y un procedimiento para que las ART que hayan agotado el fondo bajo su administración fiduciaria puedan presentar una solicitud de recomposición a un fondo de administración fiduciaria común administrado por un Coordinador y la SSN, quienes analizarán cada solicitud y aprobarán o no la transferencia por parte del Coordinador a las ART solicitantes.
El mencionado Fondo común se financia con un aporte de los fondos ingresados a las ART con destino al FFEP que administran. La mencionada resolución también establece procedimientos a seguir en caso de que los montos de recomposición solicitados por las ART excedan el saldo de la cuenta de administración fiduciaria común.
Es de esperarse que dicho fondo común también sea insuficiente para hacer frente a las prestaciones actuales (en especie e ILT) y potenciales que puedan traer aparejada la atención de estos siniestros (eventuales pagos por incapacidades permanentes/ judicialidad), por tal razón el sistema deberá prever cómo inyectar recursos a este fondo, junto con un replanteo hacia delante de la cobertura que -insistimos- aun cuando se invoque que una persona haya sido contagiada con el virus en su lugar de trabajo y en razón del riesgo de sus tareas esenciales, no hay un ‘factor causal’ laboral, es decir, no existe un riesgo propio de la industria, establecimiento o actividad, sino una circunstancia de tiempo y lugar».

Home Office

¿Cómo será la cobertura de RT para aquellos trabajadores que continúen con Home Office durante 2021?

Según Davi, la cobertura de riesgos del trabajo seguirá siendo la misma para los trabajadores que cumplan con sus tareas en un establecimiento laboral o desde su domicilio particular: «Desde antes de esta pandemia y de decretarse las medidas de aislamiento obligatorio, muchas empresas ya venían operando con parte de su dotación bajo esta modalidad de trabajo, por lo que no es algo nuevo para nuestro sistema.
En nuestro caso, la gestión administrativa y prestacional de los accidentes o enfermedades denunciados por un trabajador que hace home office, sigue las mismas políticas y procedimientos de trabajo que se aplican en los siniestros tradicionales ocurridos en los establecimientos laborales».

Acto seguido, Meneguzzi explicó: «El reciente régimen legal del contrato de teletrabajo, en su artículo 14 ‘Higiene y seguridad laboral’ contempla la situación y establece literalmente que ‘la autoridad de aplicación determinará la inclusión de las enfermedades causadas por esta modalidad laboral dentro del listado previsto en el artículo 6°, inciso 2, de la ley 24.557. Los accidentes acaecidos en el lugar, jornada y en ocasión del teletrabajo, se presumen accidentes en los términos del artículo 6°, inciso 1, de la ley 24.557’.
Esto significa que aquellos trabajadores que continúen con Home Office durante el 2021, en caso de que sufran un accidente laboral, recibirán todas las prestaciones de ley conforme lo establece la normativa vigente. Respecto de este tema en particular, cabe recordar que el empleador deberá informar fehacientemente a su aseguradora la nómina de trabajadores que realizan home office, indicando lugar de prestación de servicios, jornadas, modificaciones etc.
Por último, habrá que aguardar conforme lo establece la mencionada ley, que la autoridad de aplicación dicte las normas relativas a higiene y seguridad en el trabajo con el objetivo de brindar una protección adecuada a quienes trabajen bajo la modalidad laboral del teletrabajo, como así también la inclusión de las enfermedades causadas por esta nueva modalidad».

Cantidad de Casos Covid

Davi: «A la fecha, en nuestra Aseguradora nos ingresaron más de 25.000 siniestros de Covid que fueron aceptados y recibieron todas las prestaciones establecidas por la ley. Estos casos representan un 1,5%, aproximadamente, de nuestra cartera total de trabajadores asegurados.
Prácticamente el 94% de los casos ya han sido dados de alta y son trabajadores que regresaron a sus puestos laborales. El resto continúa en tratamiento y lamentablemente registramos un 0,4% de los casos que fueron fallecimientos».

Meneguzzi: «Al 31 de diciembre de 2020, ingresaron a La Segunda ART en total 13.186 siniestros por COVID (incluye aceptados y rechazados).
Si tomamos como referencia los meses post pandemia (marzo de 2020 a diciembre 2020), ingresaron en total 47.328 siniestros (incluye covid), de los cuales el 27,86% representan casos Covid (13.186).
Asimismo, si consideramos el total de cápitas aseguradas al 30 de noviembre de 2020 (633.147), el total de casos Covid denunciados, representan un 2,08% del total.
Si consideramos los siniestros aceptados (covid 19 conf. DNU 367/20), al 30 de diciembre tenemos un total de 10.940, lo que representa un 5,21% del total de casos denunciados del mercado».

Nota: Se incluye cuadro de La Segunda ART.