La SSN dispuso cambios en el pago de premios de seguros. A partir del 1º de Septiembre la posibilidad de pagar en efectivo queda limitada a la suma de $ 1.000. Pero se pueden usar cheques de terceros (endosados por el asegurado), entidades especializadas en cobranza como Pago Fácil o RapiPago, pagos bancarios, cajeros y homebanking.
Escribe Aníbal Cejas
Después de algunas semanas de intensos cruces entre las autoridades del órgano de control y los representantes de los productores asesores de seguros, finalmente quedaron establecidos los cambios en el régimen de cobranza de premios.
La Resolución 40.761 emitida el pasado 30 de Agosto por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) estableció, en su artículo 1º, la incorporación a la gestión de cobro de premios de contratos de seguros los siguientes medios:
a) Cheques de terceros, que deberán ser endosados por el asegurado o tomador de la póliza.
b) Entidades especializadas en cobranza, registro y procesamiento de pagos por medios electrónicos habilitados por la Superintendencia de Seguros de la Nación (como RapiPago o Pago Fácil).
c) Efectivo en moneda de curso legal, mediante la utilización de un controlador fiscal homologado por la Administración Federal de Ingresos Públicos y registrado ante la Superintendencia de Seguros de la Nación, únicamente hasta la suma máxima establecida por la normativa (Artículo 1° de la Ley Nº 25.345 o la que en el futuro la reemplace y/o modifique). En la práctica, es un límite de $ 1.000.-
Recordamos que la polémica por las modificaciones en la cobranza de premios se originó con la sanción de la Resolución 40.541, del 14 de Junio, que resultaba más restrictiva que la 40.761, ya que impedía cualquier tipo de cobro en efectivo.
En la Resolución 40.541 sólo se habían habilitado para la gestión de cobro de premios a los medios electrónicos de cobro y a los cheques.
No obstante, la norma había previsto, en su artículo 7º, un esquema de cumplimiento gradual por el cual al principio se aceptaba el pago en efectivo de premios hasta un determinado monto, que iba reduciéndose paulatinamente.
El cronograma era el siguiente:
a) A partir del 1° de septiembre de 2017 resulta aplicable para el cobro de todo premio cuyo monto anualizado resulte superior a VEINTE MIL PESOS ($ 20.000).
b) A partir del 1° de diciembre de 2017 será aplicable para el cobro de todo premio cuyo monto anualizado fuese superior a DIEZ MIL PESOS ($10.000).
c) A partir del 1° de marzo de 2018 será aplicable para la totalidad de los cobros de premios independientemente de su monto.
De todos modos, como dijimos, la prohibición de cobro de sumas en efectivo quedó sin efecto, y se transformó en una autorización para el cobro en efectivo hasta la suma de $ 1.000; ahora también se aceptan los cheques de terceros, y se habilita el pago a través de entidades de cobro no bancarias.
El comentado esquema gradual de cumplimiento sigue vigente, aunque con la salvedad que a partir del 1° de marzo de 2018 se aplicará a los cobros de premios que superen los $ 1.000.
Además, el artículo 6º de la Resolución 40.541 establecía que los productores asesores debían exhibir en sus locales un cartel donde se dejaba constancia que no podían cobrar en efectivo, con el siguiente texto:
«AVISO IMPORTANTE – LOS PRODUCTORES ASESORES DE SEGUROS, SOCIEDADES DE PRODUCTORES Y LOS AGENTES INSTITORIOS, NO ESTÁN AUTORIZADOS A RECIBIR EL PAGO DE PREMIOS DE CONTRATOS DE SEGURO EN EFECTIVO»
Pero la Resolución 40.761, en su artículo 3º, derogó dicha obligación. La Resolución 40.761 también benefició a los Productores Asesores porque suprimió la obligación de los intermediarios de llevar un ‘Registro de Cobranzas y Rendiciones’.
La sanción de la Resolución 40.541 generó un cortocircuito en la relación entre FAPASA y el organismo de control. Luego de algunas semanas de negociación, el diálogo pareció interrumpirse. Después se reanudó y se acordaron una serie de cambios que dieron origen a la Resolución 40.761.
El cruce
El 19 de Julio, representantes de FAPASA entregaron al Superintendente Juan Pazo una carta titulada ‘Persistencia en el error y una desdorosa discriminación’, fijando su rechazo a la Resolución 40.541.
En la misiva, firmada por los Presidentes de las 22 asociaciones de Productores Asesores de Seguros del país, los PAS declararon que «toda iniciativa destinada a restringir los medios de cobro de las primas de seguros no hace más que coartar la libertad de los Asegurados de utilizar medios legítimos de pago y poner en peligro la continuidad de las coberturas de sus seguros, especialmente en aquellos sectores de la sociedad que tienen las menores posibilidades de utilizar determinadas formas de hacerlo».
Los PAS también manifestaron que «no se oponen de manera alguna a la utilización intensiva de toda tecnología disponible que facilite las gestiones de los usuarios y de las empresas aseguradoras, en especial cuando las mismas son promotoras del crecimiento y ampliación del mercado».
De todos modos, sostuvieron que «las medidas que hoy pretenden imponerse resultan, además de contrarias a la ley, inoficiosas, en su sentido de ser innecesarias e inconducentes, pues la mayoría de las obligaciones provenientes de contratos de seguros se cancelan hoy por medios de pago que no implican el uso de dinero efectivo».
Luego de esto, la SSN invitó a FAPASA a dialogar al respecto el 27 de Julio. En la reunión, el Superintendente ratificó la medida porque la misma forma parte de una Política de Estado que va más allá del sector asegurador. Y en lo particular del sector, Pazo dijo que el organismo persigue como objetivo lograr la trazabilidad de todos los pagos de seguros.
Para los dirigentes de FAPASA que asistieron al encuentro, encabezados por el Presidente de la entidad, Jorge L. Zottos, Pazo no mostró ninguna disposición al diálogo.
Al día siguiente, FAPASA presentó un recurso administrativo ante el organismo de control de la actividad para que éste revise la norma en cuestión y la derogue, porque entienden que la Resolución es contraria a disposiciones legales de mayor jerarquía, que vulnera principios de la Constitución Nacional, y las leyes 17.418, 20.091 y 22.400.
Finalmente, el 16 de Agosto, FAPASA y la SSN retomaron el diálogo y de allí surgieron los cambios establecidos en la Resolución 40.761, que tiene plena vigencia.
De todos modos, hay que recordar que en su conferencia de prensa del 8 de Agosto el Presidente de FAPASA afirmó que no le cayó bien el tercer considerando de la resolución 40.761. No le cayó bien porque reza: «Que a fin de establecer la trazabilidad, facilitar la transparencia, el control interno, la fiscalización estatal y eliminar la comisión de fraudes de las operaciones efectuadas por los intermediarios de seguros, la Superintendencia de Seguros de la Nación evaluó los sistemas de cobranza determinados por la Resolución SSN 40.541 del 14 de Junio de 2017».
En dicho encuentro con la prensa especializada, Zottos también afirmó que FAPASA insistirá con la regulación de los agentes institorios. Sobre el combate a la venta ilegal de seguros, reconoció que la actual gestión de la SSN está encarando esta lucha con decisión a través de inspecciones conjuntas con la SSN, la AFIP y los municipios. No obstante, sostuvo que FAPASA -si su Consejo Federal lo aprueba- comenzará a denunciar penalmente a todas aquellas personas que comercialicen seguros de manera ilegal.
Repercusiones
Este debate incluyó la discusión sobre el uso de efectivo en la economía argentina. Existe una tendencia mundial a dejar de lado el uso de efectivo para reemplazarlo por el pago a través de medios electrónicos y digitales.
Sobre este tema, y acerca del nuevo esquema para la cobranza de premios, Informe Operadores de Mercado consultó la opinión de Sofía Salas, Directora General de DDN Central de Seguros; Hernán Rosafioriti, Prosecretario de Megapro S.A.; Víctor Luis Innamorato, Productor Asesor de Santiago del Estero; y de Andrés Böhm, Productor Asesor de Seguros de Salta.
Böhm expuso que «para nuestra operatoria en particular y dado que nuestra cartera en su gran mayoría se encuentra bancarizada, no existirían grandes inconvenientes» con la aplicación de la nueva normativa sobre cobros.
No obstante, reconoció que una limitación del cobro en efectivo «podría ser problemática para los PAS en localidades del Interior de la Provincia de Salta, ya que todavía gran parte de esa población no posee o no desea contar con tarjetas de crédito, cuentas bancarias u otros medios electrónicos de pago».
«Como la mayoría de las medidas que se adoptan desde la Capital Federal en este rubro y en otros, muestran un desconocimiento de la realidad del interior y sobre todo del ‘interior del interior’, que posee un nivel de bancarización limitado», resaltó.
Luego, Innamorato declaró: «Operativamente, la puesta en práctica de la resolución no significa ni un contratiempo ni una dificultad. Beneficia operativamente ya que trabajaremos con menos atención de clientes, y el tiempo se puede utilizar en ventas.
La dificultad más importante es la imposibilidad de poseer la cantidad de opciones de sucursales bancarias, cajeros automáticos, o poseer una PC o un Smartphone para canalizar los pagos; sobre todo en el interior del interior de la provincia.
Pero esto también es suplido por la cantidad de red de canales de pagos electrónicos como Pago Fácil y RapiPago, que se abrieron ya en los pueblos y ciudades del interior.
El cumplimiento de esta resolución no trae ningún inconveniente operativo, pero si económico, por la merma sustancial de ingresos por las cobranzas en la oficina».
Asimismo, analizó: «La tendencia, desde hace un quinquenio, está progresivamente avanzando a que dejemos de utilizar el dinero físico (billete y moneda), a cambio de utilizar los débitos automáticos, redes de cajeros automáticos, pagos por online banking, cheques y redes de cobranza, parte de los cuales serán cambiados a futuro con pagos electrónicos a través de los nuevos Smartphones que ya son utilizados en países más avanzados.
La utilización de dinero en efectivo permite quedar expuesto a la inseguridad. El dinero que cobra el PAS es de las aseguradoras y a ellas debe llegar en tiempo y forma. A raíz de esto, se equilibrará la situación de disponibilidad financiera de las compañías, amen que restringirá el disponible para los PAS que tienen convenios de rendición a 20, 25 y hasta 30 días, hasta que se acomoden paulatinamente. Para esto es necesario trabajar arduamente en el tema, y si es necesario prorrogar la resolución a futuro.
También dejarán de operar en negro ciertas pseudo empresas que dicen llamarse aseguradoras, comercializando sin emitir pólizas, y recibiendo planillas de rendiciones de colegas inescrupulosos donde cobran sus comisiones descontando de las mismas.
El problema grave para los PAS, quienes tienen convenios de cobranza en porcentaje por montos cobrados, es la caída abrupta de las mismas, ya que al abonar el asegurado por otros canales, incide en la merma importante de ingresos por cobranza.
Se podrá controlar exhaustivamente las notificaciones de las aseguradoras vía web y por sistemas de administración, por deudas de cobranzas ya sea por falta de pago del cliente, como por problemas bancarios de sus cuentas y tarjetas».
En suma, el profesional concluyó: «Globalmente, la resolución simplifica nuestra actividad en detrimento de nuestros ingresos. Igual, entiendo que los ingresos de las aseguradoras hacia los PAS se acomodarán. Quienes apoyamos el sistema, también debemos tener el apoyo de éstas para compensar a los PAS por la falta de esos ingresos».
A su turno, Rosafioriti planteó: «En primera instancia, reconozco que uno es reticente a ciertos cambios en nuestra habitualidad laboral. Más aún cuando se cuenta con poco tiempo para el proceso y elaboración de un plan para afrontar dicho cambio.
Por nuestra distribución geográfica, nos adaptaremos, pero entiendo que los inconvenientes más grandes van a surgirles a los PAS en el interior. En nuestra organización desde hace tiempo venimos fomentando y trabajando es pos de reducir la cobranza en efectivo, pero todos tenemos casos puntuales donde el uso y la costumbre, sumados a la forma de cobranza que el propio cliente maneja, hace que un cambio brusco traiga importantes dificultades operativas.
Megapro es una empresa que no sólo se adapta al mercado sino que busca constantemente innovar y mejorar. Será este otro obstáculo más a superar.
Si bien la idea puede ser buena, en líneas generales esto suma nuevamente más tareas al PAS, agregando tareas administrativas y una transferencia generalizada de trabajo que las compañías nos vienen realizando de un tiempo a esta parte».
Sobre el particular, Salas explicó: «Algunos Productores que trabajan bajo nuestra Organización se han manifestado disconformes y preocupados porque dicen que la cobranza es su punto de contacto con el cliente.
A mi entender no hay dificultad en utilizar los medios de pagos que indica la nueva resolución, la mayor dificultad es que el productor que trabaja hace 30 años bajo una modalidad comprenda que puede generar otros puntos de contacto con su cliente y que se adapte a los cambios. Los Productores de menor antigüedad en el mercado en su mayoría ya no realizan cobranza».
Más adelante, señaló: «El cumplimiento de la normativa no nos trae ningún cambio ni complicación. Nunca hicimos cobranza ni aceptamos que paguen en las mismas. Algunos clientes sí pagaban en la aseguradora, pero se trata de empresas y, como tales, pueden adaptarse fácil y rápidamente a lo que dicta la resolución.
Distinto es en el interior, en Bariloche y en Comodoro Rivadavia donde también contamos con oficinas. El cliente pasaba a pagar por las mismas y desde hace ya más de un año estábamos intentando reconvertir todo a medios de pagos electrónicos, por lo cual, esta resolución nos ayudará a que el cliente deba optar sí o sí por dichos medios de pago.
En mi opinión, la nueva normativa brindará aun mayor transparencia a la actividad y, por otra parte, creo que el productor podrá encontrar mayor tiempo aun para dedicarse a que su negocio crezca».
También hubo cambios para las aseguradoras
El 12 de Julio se publicó en el Boletín Oficial la Resolución SSN 40.619 que extendió los cambios en materia de cobranza a las aseguradoras.
Así, la SSN dispuso que «la percepción de premios de contratos de seguros por parte de las entidades aseguradoras, a excepción del cheque cancelatorio Ley 25.345 o el cheque no a la orden, deberá registrarse a través de controladores fiscales homologados por la AFIP, cuya utilización deberá ser previamente autorizada por la SSN».
«La falta de esta autorización por parte de la SSN inhabilita a la entidad a realizar cualquier gestión de cobranza en la que sea requerida la utilización del controlador fiscal», reza la norma.
Esta resolución también dispuso un esquema de cumplimiento gradual, a saber:
a) A partir del 1° de septiembre de 2017 resultará aplicable para el cobro de todo premio cuyo monto anualizado resulte superior a VEINTE MIL PESOS ($ 20.000).
b) A partir del 1° de diciembre de 2017 resultará aplicable para el cobro de todo premio cuyo monto anualizado resulte superior a DIEZ MIL PESOS ($10.000).
c) A partir del 1° de marzo de 2018, en cumplimiento de la Ley Nº 25.345, resultará aplicable para la totalidad de los cobros de premios superiores a MIL PESOS ($ 1.000).
Al respecto, consultamos a Leónidas Rodolfo Anselmino, Gerente de Administración y Finanzas de Río Uruguay Seguros (RUS), quien comentó: «Actualmente, generamos ticket en todas las operaciones, se lo archiva de forma digital, y se lleva un registro rubricado de cobranza, se imprime en cada lugar el ticket a los asegurados que lo requieren.
De esta manera, colaboramos con el cuidado del medio ambiente, condiciones de trabajo en las oficinas (ruido elevado de las ticketeadoras), optimización de espacios, uso de papel, y transporte de grandes volúmenes de rollos con tickets. Procuramos evitar las tareas que no agregan valor desde lo operativo.
Son nuevos tiempos, donde la digitalización juega un rol clave, ya que eliminar y/o limitar el uso del papel debe ser un objetivo para las empresas.
Es auspicioso que desde la SSN, en el marco de una política de Estado, se dicten normas tendientes a garantizar la trazabilidad de los fondos (pagos realizados por asegurados, asegurables y tomadores). Como así también facilitar la transparencia, la fiscalización estatal, mejorar el control interno y desalentar la comisión de fraudes».
Claramente, la actual administración nacional muestra una política tendiente a eliminar paulatinamente algunas operaciones en efectivo como ocurre en el seguro o como la Resolución de la AFIP que ha decidido canalizar todos los pagos de impuestos a través de medios electrónicos.
Sobre este tema, Juan Alberto Auer, Coordinador de Procesos de Finanzas de RUS, relató: «Río Uruguay Seguros participó el 24 de Mayo de 2017, cuando en el BCRA se presentó como novedad al mercado de seguros el PEI (pago electrónico inmediato), en una exposición conjunta de altos funcionarios del BCRA, UIF y SSN.
En un mundo digital, el uso del billete físico como medio de pago empieza a no ser compatible. Sin dudas que hay que resolver aspectos operativos por el impacto de estas medidas.
Los medios electrónicos de pago resuelven el problema de la trazabilidad de los fondos. El mismo BCRA, busca que haya menos circulación de billetes, porque es costosa, insegura y alienta las operaciones en negro. Y a través de la tecnología se busca generar la inclusión financiera y reducir los costos de las transacciones».
Después, Anselmino precisó que las disposiciones de la Resolución 40.541 y 40.761 sobre cobro de premios por parte de los PAS significan «un cambio de escenario en el mercado, en el marco de políticas de Estado y normativas dictadas por los organismos competentes».
«Son tiempos de adaptación. Es muy importante la visión que se va teniendo en las organizaciones y anticiparse a la llegada al mercado de la tecnología», razonó.
Por otro lado, Auer recordó: «Río Uruguay Seguros participó en Marzo de 2016 en un evento sobre Economía Digital en la Universidad Kennesaw, en Atlanta, EE.UU.
En dicho evento, se presentó el producto ‘mPOS’, cuando todavía no estaba muy difundido en el mercado. Nos pusimos a trabajar, ya que se trataba de un novedoso medio de cobranza sobre la telefonía móvil. Hoy es el producto que en principio mejor se adaptaría para el cobro de premios de seguros, en lo que el BCRA denomina Plataforma de Pagos Móviles – Pago Electrónico Inmediato (PPM-PEI), para tarjeta de débito.
Respecto de los cheques, hay información también de las máximas autoridades del BCRA, acerca de que se está trabajando para eliminar el físico y que sea 100% digital. Será un cambio significativo en la operatoria de cheques, al que tendremos que adaptarnos».
En la misma línea, el ejecutivo evaluó que «es probable que la aplicación de las resoluciones 40.541 y 40.761 puedan generar algún inconveniente en las pequeñas localidades del interior del país», pero destacó que «hoy la mayoría de las personas tienen servicios de telefonía móvil, televisión, electricidad y otros» y que con «paciencia y adaptabilidad, hay que llegar a que el seguro se abone en las modalidades que se abonan los demás servicios».
En tanto, Anselmino manifestó: «RUS trabajará con PAS y Brokers buscando solucionar los inconvenientes que pudieran surgir de la operatoria para reducirlos a la mínima expresión». Finalmente, el ejecutivo marcó: «El cobro y traslado de efectivo en estos tiempos es un riesgo para las personas.
Tenemos que adaptarnos a la virtualidad y a lo digital, aprovechando al máximo las herramientas que la tecnología nos brinda.
Los medios de pago electrónicos son una parte preponderante en este nuevo esquema. Hoy ya está instalado que lo comunicacional y transaccional en nuestra actividad va por lo digital.
Si no, observemos los desarrollos de sistemas informáticos, como lo es el SIS de RUS (Sistema Informático de Seguros), Zona RUS, RUS Móvil para el Asegurado, RUS Móvil para el PAS, CRM, y otros que venimos trabajando desde hace varios años, que dan como resultado una mejor calidad en los servicios, en los procesos de suscripción y emisión de pólizas, cobranzas, rendición de cobranzas, gestión y pago de siniestros, transacciones financieras.
Hoy el motor del cambio y del crecimiento pasan por la flexibilidad, lo digital y lo virtual».