A través de la Resolución SSN N° 30/2022, con fecha jueves 13 de enero 2022, la Superintendencia de Seguros de la Nación estableció suspender el tratamiento de nuevas entidades que soliciten autorización para operar en la rama Riesgos del Trabajo por el término de ciento ochenta (180) días corridos; así como también suspender la tramitación de los pedidos de autorización que se encuentren en curso, en los cuales se solicite autorización para operar en Riesgos del Trabajo, por el mismo período. La resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Entre los considerandos, la SSN establece que:

  • Las presentes actuaciones se inician en virtud del estado de situación de la rama de riesgos del trabajo y de las entidades que operan en la misma, las cuales se encuentran en un contexto por demás complejo por efecto de las indemnizaciones abonadas y pendientes de abonar como consecuencia de la pandemia provocada por el virus SARS-CoV-2, el cual podría afectar la estabilidad de las entidades referidas, lo que motiva la necesidad de tomar medidas a efectos de preservar su correcto funcionamiento y solvencia.
  • A partir del dictado del Decreto N° 367, de fecha 13 de abril de 2020, y sus modificaciones, se ha determinado que hasta el 31 de diciembre 2021 la enfermedad COVID-19 producida por el virus SARS-CoV-2 se consideraría presuntivamente una enfermedad de carácter profesional -no listada- en los términos del apartado 2, inciso b) del Artículo 6º de la Ley Nº 24.557, respecto de la totalidad de los trabajadores dependientes incluidas e incluidos en el ámbito de aplicación personal de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo y que hayan prestado efectivamente tareas en sus lugares habituales, fuera de su domicilio particular. Asimismo, se estableció que el financiamiento de las prestaciones otorgadas para la cobertura de dichas contingencias será imputado en un cien por ciento (100%) al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales. Resulta necesario destacar que al 31 de marzo de 2020 el saldo del Fondo ascendía a Pesos cinco mil seiscientos millones ($5.600.000.000,-), mientras que al 30 de septiembre de 2021 el Fondo arroja un saldo negativo de Pesos tres mil noventa y un millones ($3.091.000.000,-). Y a la fecha, el saldo del Fondo continúa resultando negativo impidiendo hacer frente a las erogaciones en curso.
  • Durante el último ejercicio, cerrado al 30 de junio de 2021, las aseguradoras hicieron frente al pago de siniestros y prestaciones por COVID por la suma de Pesos siete mil seiscientos millones ($7.600.000.000,-). El Fondo prestó cobertura a cuatrocientos setenta mil (470.000) trabajadores, con erogaciones mensuales que superan los Pesos mil quinientos millones ($1.500.000.000,-), mientras que los ingresos por aportes referidos a esos trabajadores alcanzan los Pesos cuatrocientos millones ($400.000.000).
  • Existen además tres mil setecientos (3.700) fallecimientos ocurridos por la cobertura del COVID asentados en el registro de denuncias a cargo de la Superintendencia de Riesgos del trabajo.

La SSN considera que el ingreso de nuevos operadores al mercado de riesgos del trabajo se traduciría en una situación de desigualdad comercial que no parece razonable sostener. Y que cualquier nuevo operador se encontraría en mejor condición que las entidades ya existentes, dado que no cargaría con el peso de los siniestros producidos por el Covid-19 y sus consecuencias sobre los aspectos financieros de las restantes entidades.

Descargar la Resolución SSN 30/2022