A través de la Disposición 1/2022 -DI-2022-1-APN-GACM#SRT– publicada en el Boletín Oficial el 7 de junio de 2022, la Gerencia de Administración de Comisiones Médicas de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) aprobó el “Tarifario Médico Previsional” -Anexo III de la Resolución de la entonces Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (S.A.F.J.P.) N° 384 de fecha 17 de mayo de 1996-, que forma parte de esta disposición como Anexo DI-2022-56059429-APN-GACM#SRT.

Establece que los Prestadores de Exámenes Complementarios y Profesionales Interconsultores inscriptos de conformidad con los procedimientos de las Resoluciones de la entonces S.A.F.J.P. N° 384/96 y N° 32 de fecha 08 de mayo de 1998, en la Nómina de Prestadores de Exámenes Complementarios y de Profesionales Interconsultores por Especialidad ante las Comisiones Médicas, podrán adecuar el valor de sus servicios hasta el máximo del arancel previsto en el “Tarifario Médico Previsional” aprobado por la presente disposición.

Por otra parte, establece como zona desfavorable la integrada por las Provincias de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Santa Cruz, Chubut, Neuquén, Río Negro y La Pampa.

La presente disposición entrará en vigencia a partir del décimo (10) día hábil siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial realizada el 7 de junio 2022.

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