A través de la Resolución 183/2024, publicada en el Boletín Oficial del martes 16 de abril, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) resolvió prohibir a Boston Compañía Argentina de Seguros Sociedad Anónima (CUIT 30-50000111-5) celebrar nuevos contratos de seguros.

A tal efecto, la Gerencia de Inspección procederá a sellar e inicialar los Registros de Emisión de la Entidad, con mención de la presente Resolución. Por otra parte, se deja constancia de que la Resolución 183 es recurrible en los términos de los artículos 83 y 86 de la Ley Nº 20.091.

Recordemos que mediante la Resolución RESOL-2024-155-APN-SSN#MEC, de fecha 21 de marzo (B.O. 22.03.2024) se dispuso la Inhibición General de Bienes de la referida entidad, prohibiéndole realizar actos de disposición respecto de sus inversiones, por aplicación del inciso g) del artículo 86 de la Ley N° 20.091.

Entre los “Considerando” que dieron lugar a la prohibición de celebrar nuevos contratos, se cita:

  • Que la Inhibición General de Bienes fue adoptada por registrar la entidad aseguradora demora en el cumplimiento de sus obligaciones de pago de montos de condenas derivados de sentencias judiciales firmes, con afectación -en algunos casos- del patrimonio de sus propios asegurados; así como también por registrar cheques rechazados por falta de fondos y pedidos de quiebra en el marco de la Justicia Nacional en lo Comercial.
  • Que se han advertido nuevos casos de incumplimientos de pagos de acuerdos homologados y sentencias judiciales firmes e incumplimientos en el pago de los siniestros con sus asegurados, en clara violación de los artículos 1, 49, 61, 109, 110, 116 1° párrafo y 158 de la Ley N° 17.418.
  • Que ante los requerimientos complementarios efectuados por el Organismo, la entidad aseguradora no brindó respuesta alguna, implicando ello la violación a lo estipulado en el artículo 69 de la Ley N° 20.091.
  • Que asimismo se evidencian irregularidades en la administración que impiden conocer la situación patrimonial de la entidad.

Texto completo de la Resolución 183/2024