Juan Farizano (Director de ACR Argentina), Matías Agustín Acrogliano (Asociado Marval O’Farrell Mairal), Mariel Adaro (abogada especializada en Derecho de Seguros) y Marcelo Girardi (fundador y CEO de MGA Group) analizan, para Informe Operadores de Mercado, qué cambió con la Resolución SSN 315/2026 y cómo pueden aplicarse estas coberturas a inundaciones, infraestructura y eventos climáticos extremos.
Escribe: Lic. Aníbal Cejas
Los seguros paramétricos, que pagan cuando un índice objetivo (como la lluvia acumulada o la velocidad del viento) supera un umbral pactado de antemano, se desarrollaron hasta ahora casi exclusivamente en el agro. La Resolución SSN 315/2026 abrió la puerta a otros sectores y llega en un contexto de preocupación por un verano de lluvias intensas. Cuatro especialistas explican en qué se diferencian estas coberturas del seguro tradicional, qué riesgos urbanos y rurales pueden cubrir, qué rol puede cumplir el Estado como tomador y qué desafíos técnicos y jurídicos quedan por resolver.
El “gatillo” y la diferencia con el seguro tradicional
En un seguro paramétrico el pago no depende de que se mida el daño, sino de que un índice pactado de antemano alcance determinado valor. Los matices aparecen en el riesgo de base y en cómo encaja esa lógica en el derecho de seguros.
Juan Farizano, Director de ACR Argentina (Aseguradores Argentinos Compañía de Reaseguros S.A.), explicó: “La diferencia con un seguro tradicional radica en cómo se determina la indemnización. En un seguro tradicional, el pago está vinculado a la ocurrencia de un daño y a su posterior evaluación. En cambio, un seguro paramétrico se activa cuando un indicador objetivo y previamente establecido alcanza determinado valor, sin necesidad de cuantificar la pérdida efectiva. Por ejemplo, frente al riesgo de inundaciones asociado a El Niño como el que estamos viviendo, una cobertura paramétrica podría establecer un pago automático cuando las precipitaciones acumuladas en determinada zona superen un monto previamente definido a una variable. Este modelo permite agilizar significativamente la liquidación y acelerar la disponibilidad de fondos, pero como contracara, pueden existir diferencias entre la pérdida real y la indemnización determinada”.
Luego, Matías Agustín Acrogliano, Asociado en Marval O’Farrell Mairal, sumó: “La principal diferencia radica en el hecho que activa la obligación de pago del asegurador. En un seguro tradicional, el pago se gatilla por la ocurrencia de un daño cubierto y, en términos generales, el asegurado debe acreditar tanto la existencia del siniestro como la magnitud de la pérdida. La indemnización se determina en función del daño efectivamente sufrido. En cambio, en un seguro paramétrico, el pago se activa cuando un parámetro o índice previamente definido en la póliza alcanza determinado valor o umbral. No se requiere acreditar el daño concreto sufrido por el asegurado, sino verificar objetivamente que el parámetro pactado se haya cumplido. El parámetro funciona como un indicador previamente acordado de la activación de la prestación. Por ejemplo, una cobertura podría activarse cuando se registren precipitaciones inferiores a cierto nivel, cuando la velocidad del viento supere un umbral determinado o cuando un vuelo experimente una demora superior a la prevista contractualmente. Esto permite procesos de liquidación más ágiles y pagos potencialmente más rápidos, aunque introduce el denominado “riesgo base”, es decir, la posibilidad de que exista una diferencia entre el comportamiento del índice utilizado y el daño efectivamente sufrido por el asegurado”.
Mariel Adaro Abogada especializada en Derecho de Seguros, planteó qué cambia desde lo jurídico: “El paso del seguro tradicional al paramétrico implica modificar la estructura funcional del contrato porque no será necesaria una inspección de daños para determinar la pérdida en virtud de que la licitud y procedencia de la indemnización dependen solo de que la verificación del parámetro objetivo predeterminado haya alcanzado o superado el valor fijado en póliza. Esto significa que la cuantía de la indemnización se determina en forma previa y el asegurado queda eximido de la carga procesal de demostrar la existencia, extensión o cuantificación del daño material. Con relación al principio indemnizatorio establecido en art 61 Ley 17.418 el cual postula que el seguro de daños es un contrato de indemnización que busca resarcir un perjuicio sufrido, en los seguros paramétricos puede ocurrir que el pago pactado en póliza supere la pérdida real o incluso se abone sin que ésta exista. Para dirimir esta cuestión se debe tener en cuenta lo siguiente:
? Prevalencia del interés asegurable (art 60 17418). El elemento que legitima el contrato es que el tomador posea un interés económico lícito y se encuentre expuesto a sufrir un perjuicio.
? Ampliación del concepto de daño. Se amplía la noción hacia la protección de la disrupción económica general, pérdida de ingresos, costos de contingencia y necesidad de liquidez operacional.
? La Resolución 315/2026 exige un estudio técnico de factibilidad con certificación actuarial independiente que demuestre relación entre el parámetro seleccionado y el riesgo expuesto.
Sobre qué ocurre cuando el índice se cumple sin que haya daño, y en el caso inverso, Adaro agregó: “Si se cumple parámetro, pero no hay un daño efectivo el pago es válido y además jurídicamente exigible para el supuesto de que no se realice. Su licitud no viola el principio de prohibición de enriquecimiento injustificado ni convierte al contrato de seguros en una apuesta. Para el supuesto de que no se cumpla el parámetro, aunque existan daños importantes no nace la obligación de indemnizar por parte del asegurador y por lo tanto no se torna exigible jurídicamente”.
Por último, Marcelo Girardi, fundador y CEO de MGA Group, remarcó que ambos esquemas no compiten entre sí: “Lo primero que me parece importante destacar es que son coberturas que no son excluyentes e incluso pueden ser perfectamente complementarias. No se trata de elegir entre uno u otro. Cada uno funciona mejor para determinados riesgos y necesidades. Incluso pensarlos juntos puede ser sumamente interesante. Al seguro tradicional lo conocemos todos. Ocurre un siniestro, el asegurado lo denuncia, un perito evalúa el daño y, sobre esa pérdida verificada, se calcula la indemnización. El paramétrico funciona con otra lógica. Se define de antemano un parámetro objetivo y un umbral. El parámetro puede ser la lluvia acumulada en un período, la velocidad del viento, la temperatura o un índice satelital de humedad del suelo. Si el umbral se supera, el pago se activa automáticamente, por un monto también pactado de antemano y sin necesidad de peritaje. De su lógica misma surgen los grandes atributos que tienen estas coberturas. El primero es la agilidad: el pago puede llegar en días, justo cuando el asegurado más necesita la liquidez. El segundo es la transparencia: ambas partes saben desde el inicio qué dispara el pago, y el dato se mide con criterios totalmente auditables por ambos. El tercero es la flexibilidad: el asegurado puede destinar ese dinero a lo que más necesite en ese momento. Ahora bien, un paramétrico es tan robusto como la información que lo sostiene. Para diseñarlo bien hacen falta series históricas largas y confiables. Para que funcione como corresponde, se necesitan redes de medición que reflejen con fidelidad lo que efectivamente le pasa al asegurado. Puede haber distancia entre lo que mide el índice y la pérdida real; es lo que se conoce como riesgo de base. Gestionarlo bien es fundamental para un diseño sólido”.
Riesgos urbanos
Los eventos climáticos extremos son los candidatos más naturales para llevar este modelo a las ciudades. Los expertos consultados presentaron ejemplos como la interrupción de negocio y la eficiencia del gasto público, y los eventos masivos que requieren liquidez inmediata.
Marcelo Girardi, fundador y CEO de MGA Group, sostuvo: “Las aplicaciones urbanas son muchísimas y en buena medida todavía están por explorarse en el país. Lluvias extremas, granizo, vientos fuertes, olas de calor, entre muchas otras. Cualquier evento que pueda medirse de forma objetiva y tenga un impacto económico identificable es, en principio, candidato a una cobertura paramétrica. Los potenciales asegurados van desde familias y comercios hasta grandes empresas, infraestructura crítica y el propio sector público en sus diferentes niveles (municipal, provincial, nacional). Este año el tema cobra una relevancia especial. Todo indica que vamos a transitar un año Niño de magnitudes inéditas, con un verano de precipitaciones muy por encima de lo normal en buena parte del país. Eso es una enorme preocupación para todas las ciudades, desde el AMBA hasta el interior. Las lluvias intensas generan pérdidas enormes para familias y empresas, y también para municipios y provincias, que tienen que salir a responder ante la emergencia. En un contexto de exposición tan elevada, contar con herramientas que permitan gestionar estos riesgos, y que provean liquidez de forma ágil, puede hacer una gran diferencia. Uno de los aportes más interesantes del paramétrico en el ámbito urbano es lo que en la jerga usualmente llamamos business interruption o lucro cesante. La cobertura tradicional de interrupción de negocio, en general, requiere un daño físico en los bienes asegurados. Pensemos en un comercio al que el agua no llegó a entrar, pero que estuvo tres días sin poder abrir porque la calle estaba anegada o porque se cortó la luz en toda la zona. O en un evento al aire libre que se suspende por una tormenta. No se rompió nada, pero la facturación se perdió, y los sueldos, alquileres y demás gastos fijos siguen corriendo. Para estos, una herramienta paramétrica se posiciona muy bien y puede venir a resolver muchas necesidades. Lo mismo vale para el sector público, donde estas herramientas aportan además eficiencia en el gasto. Para un municipio, sería muy ineficiente armar un presupuesto diez veces más grande que el habitual por si ocurre una inundación extrema. Es mucho más eficiente destinar una cuota acotada y planificada al pago de una cobertura que se active frente a esas situaciones. Así, cuando el evento extremo llega, el seguro amplifica los recursos disponibles para responder”.
Por su parte, Farizano coincidió en el potencial climático y marcó el tipo de riesgo donde ve mayores posibilidades: “Argentina presenta oportunidades interesantes, especialmente frente a fenómenos climáticos. Más allá de los ya mencionados como inundación y granizo, podrían considerarse otros como sequías prolongadas, olas de calor e incluso vientos fuertes y/o tornados cerca de zonas urbanas. Considero que el mayor potencial está en riesgos que afectan simultáneamente a numerosos asegurados y generan necesidades inmediatas de liquidez. Estas soluciones deben desarrollarse como complemento de las coberturas tradicionales, ofreciendo una respuesta económica rápida frente a determinados eventos masivos. La interrupción de servicios esenciales podría también considerarse, siempre que se utilicen indicadores objetivos de duración o extensión de los cortes”.
El Estado como tomador
Como se dijo, los gobiernos nacionales, provinciales y municipales pueden convertirse en grandes usuarios de estas coberturas, como una forma de contar con fondos rápidos cuando ocurre un evento climático de gran escala.
En esta línea, Acrogliano sostuvo: “En primer lugar, es importante mencionar que la propia resolución SSN 315/2026 parece reconocer que el sector público puede ser uno de los principales usuarios de este tipo de coberturas porque establece un régimen especial para los seguros paramétricos contratados por el Estado nacional, provincial o municipal, permitiendo su comercialización sin autorización previa de la SSN, aunque sujeto a determinados requisitos posteriores de información y documentación. Esto sugiere que el regulador identificó un interés específico en facilitar este tipo de operaciones para organismos públicos. Por otra parte, hay que reconocer que los riesgos que enfrentan los Estados, particularmente los vinculados a fenómenos climáticos o eventos naturales de gran escala, suelen afectar a poblaciones enteras o territorios extensos, así como a infraestructura y servicios públicos esenciales o actividades estratégicas, y requieren respuestas rápidas. En ese contexto, los seguros paramétricos pueden funcionar como herramientas de financiamiento contingente que permitan disponer de fondos de manera ágil una vez verificado el parámetro acordado. En este sentido, la experiencia internacional demuestra que los seguros paramétricos pueden utilizarse como herramientas de gestión financiera del riesgo catastrófico. Diversos Estados y organismos regionales han recurrido a este tipo de mecanismos para obtener liquidez inmediata frente a huracanes, terremotos, inundaciones o sequías, permitiendo financiar medidas de emergencia y acelerar la respuesta pública frente a eventos de gran magnitud. Por ello, es posible imaginar a los distintos niveles del Estado cumpliendo un rol relevante como tomadores de coberturas paramétricas de gran envergadura vinculadas a sequías, inundaciones, precipitaciones extremas u otros eventos que puedan impactar sobre grandes sectores de la población o sobre infraestructura crítica”.
Luego, Farizano coincidió en la importancia del sector público para fortalecer esta operatoria y sumó la mirada del reaseguro: “El sector público puede desempeñar un papel destacable en el desarrollo de estos productos. Los municipios y gobiernos provinciales administran infraestructura y servicios esenciales expuestos a eventos climáticos severos. En caso de eventos siniestrales de relevancia, una cobertura paramétrica les permitiría acceder rápidamente a recursos para financiar tareas de emergencia, restablecer servicios o realizar reparaciones urgentes, sin tener que esperar la evaluación individual de cada uno de los daños. La reciente regulación de los seguros paramétricos en Argentina representa un avance importante en este sentido. Desde el reaseguro, vemos una oportunidad para acompañar estos desarrollos, aportando capacidad, experiencia técnica y acceso a mercados internacionales especializados”.
Datos, cláusulas y responsabilidad
Todo el esquema se basa sobre los datos: cómo se redactan las cláusulas que definen el índice, quién responde si esos datos fallan y qué calidad de información hace falta para que el producto sea sostenible.
Adaro explicó cómo deben redactarse las cláusulas de activación: “Para redactar las cláusulas de activación en forma eficaz es fundamental comprender que en este tipo de seguros el “siniestro” no se define por la inspección física del daño, sino por la verificación objetiva de los datos contractuales. Tanto la Resolución SSN 315/2026 como la práctica internacional de mercado establecen requisitos estrictos de redacción a fin de evitar ambigüedades operativas en el momento de la liquidación.
? Definición Precisa de la Variable y del Umbral
? Identificación Ineludible del Proveedor de Datos Principal y del Tipo de Dato
? Cláusula de Respaldo Obligatoria (proveedor alternativo)
Las exigencias de claridad, transparencia e información al asegurado que se deben cumplir para minimizar posibles conflictos judiciales deberían ser:
? Advertencia Expresa sobre el Riesgo de Base
? Suministro de la Frecuencia Histórica del Parámetro
? Régimen de Declaración Jurada para Grandes Riesgos y el Sector Público
? Disponibilidad de los Datos de Cálculo”.
Sobre quién responde si los datos meteorológicos, satelitales o de sensores fallan, Adaro detalló: “Responsabilidad de la Aseguradora frente al Asegurado:
? Relación contractual directa y exclusiva: La aseguradora es la única entidad obligada contractualmente frente al asegurado. Si el parámetro contractual efectivamente se cumplió según la metodología pactada, la aseguradora responde por el pago de la prestación sin poder liberarse alegando omisiones de sus proveedores de datos privados.
? Deber normativo de custodia y transparencia de los datos: Conforme al punto 23.8 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (introducido por la Resolución SSN 315/2026), la aseguradora es legalmente responsable de garantizar que la información utilizada y los resultados de los cálculos se encuentren a disposición del asegurado para su verificación.
? Obligación de prever fuentes de respaldo: La normativa de la SSN dispone que las pólizas deban identificar al proveedor principal de datos y designar obligatoriamente un proveedor alternativo o procedimiento de respaldo para el supuesto de que la fuente principal quede indisponible, interrumpida o defectuosa. Si un sensor o agencia interrumpe sus transmisiones (por ejemplo, ante fallas técnicas o cierres administrativos gubernamentales), la aseguradora debe recurrir al proveedor de respaldo fijado en el contrato para calcular el índice.
Responsabilidad de los Proveedores de Datos:
? Ausencia de vínculo contractual directo con el Asegurado: Los desencadenantes deben ser provistos por agencias o terceros independientes del asegurador y del asegurado.
? Responsabilidad de Proveedores Privados / Agentes de Cálculo: Cuando la captación y procesamiento de datos o el reporte de cálculo es encargado a una empresa privada o consultora especializada, esta responde frente a la aseguradora bajo las reglas de la responsabilidad contractual y de prestación de servicios. Si por negligencia, error grave o falla en sus algoritmos emite un reporte erróneo que perjudica a la aseguradora, esta última podrá ejercer acciones de repetición e indemnizatorias contra dicho proveedor.
? Organismos Públicos Oficiales e Inexigibilidad: Si la fuente designada es un organismo público internacional o estatal (ej. agencias meteorológicas), la aseguradora no suele contar con acciones de repetición por fallas en las mediciones oficiales, motivo por el cual la regulación impone contar con mecanismos supletorios de medición en la póliza”.
Desde el reaseguro, Farizano puso el foco en la calidad de la información que alimenta los índices: “Para que las coberturas paramétricas puedan llevarse a cabo, la calidad y la confiabilidad de los datos es un pilar fundamental. La información satelital y la proveniente de las estaciones meteorológicas permite medir variables como precipitaciones, temperaturas, velocidad del viento o niveles de agua. Estos datos son los que se utilizan para construir los índices que determinan la posible activación de las coberturas. Series históricas de estos elementos son los que permiten al reasegurador evaluar las exposiciones, estimar pérdidas esperadas y establecer condiciones técnicas y económicas sostenibles para este tipo de productos”.
«La diferencia con un seguro tradicional radica en cómo se determina la indemnización. En un seguro tradicional, el pago está vinculado a la ocurrencia de un daño y a su posterior evaluación»
Juan Farizano, (Director de ACR Argentina)
«En un seguro tradicional, el pago se gatilla por la ocurrencia de un daño cubierto y, en términos generales, el asegurado debe acreditar tanto la existencia del siniestro como la magnitud de la pérdida»
Matías Agustín Acrogliano, (Asociado Marval O’Farrell Mairal)
La Resolución SSN 315/2026 y el marco jurídico
Los especialistas consultados advierten que el verdadero alcance de los seguros paramétricos dependerá de cómo la adopte el mercado y de cómo se resuelva su convivencia con la Ley de Seguros.
En este sentido, Acrogliano sostuvo: “En términos generales creo que la resolución es positiva porque proporciona un marco regulatorio específico para el desarrollo de seguros paramétricos más allá de los antecedentes regulatorios existentes en materia agropecuaria, definiendo sus principales características técnicas, regulando los requisitos de autorización, la validación actuarial independiente, las fuentes de información y el tratamiento del riesgo base, lo cual brinda mayor previsibilidad y certeza jurídica tanto para las aseguradoras que deseen desarrollar estos productos como para los potenciales tomadores interesados en utilizarlos. No obstante, creo que el verdadero impacto de la resolución no se verá en forma inmediata sino durante los próximos años, cuando el mercado adopte este nuevo marco normativo y se vayan desarrollando nuevas soluciones de cobertura. En este sentido, los seguros paramétricos ya tenían antecedentes en la Argentina, particularmente en el ámbito agropecuario, pero la nueva regulación podría facilitar la expansión de esta modalidad hacia otros sectores económicos. En definitiva, la resolución constituye un paso importante para reducir la incertidumbre regulatoria y fomentar la innovación, pero su éxito dependerá de que aseguradoras, reaseguradores, proveedores de datos y tomadores encuentren aplicaciones concretas donde esta herramienta aporte valor frente a los esquemas tradicionales de cobertura”.
Al respecto, Adaro explicó cómo encajan estos seguros en la legislación vigente: “Dentro de nuestro ordenamiento jurídico los seguros paramétricos no se ajustan en forma automática a la Ley 17.418, por el contrario, es necesario que se realice una interpretación armónica basada en el concepto de interés asegurable, el concepto de daño y se contemple la nueva Resolución (SSN 315/2026) que incorpora el punto 23.8 al Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA)”.
Sobre si el marco actual alcanza, Adaro consideró: “El marco jurídico actual resulta insuficiente para consolidar de forma plena y masiva los seguros paramétricos sin margen de litigiosidad. La Resolución SSN 315/2026 constituyó un hito de técnica regulatoria al remover el principal obstáculo operativo: permitió expandir estos productos a todo el abanico patrimonial e industrial, fijó un plazo imperativo de pago de 15 días corridos, reglamentó la figura del gran tomador (>1.000.000 de UVAs) y exigió la certificación por actuario independiente. Sin embargo, la resolución es una norma reglamentaria de un órgano de control que convive en tensión jerárquica con una ley nacional de fondo N° 17.418. Para otorgar certeza absoluta a aseguradoras, reaseguradoras, intermediarios (PAS) y asegurados, considero que habría que seguir el modelo de legislaciones comparadas como Chile o Colombia, estableciendo formalmente que la exigencia legal del seguro se satisface con la presencia genuina de interés asegurable (exposición real al riesgo económico o disrupción financiera), exceptuando a estos contratos de la obligación de probar o evaluar el daño material. Además, considero necesario reglamentar pautas claras de comercialización para los Productores Asesores de Seguros donde se los resguarde ante reclamos por “frustración de expectativas” si el cliente sufre un daño, pero el índice no activa el pago, estableciendo que será suficiente acreditar que se entregó la información sobre el funcionamiento junto con la frecuencia histórica del parámetro (tal como hoy se exige mediante declaración jurada en grandes riesgos). Esta seguridad jurídica resulta clave para impulsar el desarrollo de nuevos negocios, ya que los seguros paramétricos permiten diseñar soluciones para riesgos que no encuentran adecuada respuesta en las coberturas tradicionales. Un ejemplo es la industria del turismo invernal: un Broker o Productor Asesor de Seguros podría estructurar para un centro de esquí una cobertura basada en la acumulación de nieve o en la cantidad mínima de días operables durante la temporada. Si los registros meteorológicos de referencia muestran niveles inferiores a los umbrales previamente pactados, la póliza activa automáticamente una compensación económica, sin necesidad de peritar daños ni acreditar el monto de la pérdida. Este tipo de soluciones permite proteger los ingresos del establecimiento frente a inviernos con escasas nevadas y posiciona al bróker como un asesor estratégico capaz de ofrecer coberturas innovadoras orientadas a la continuidad del negocio, ampliando significativamente su campo de actuación profesional y generando nuevas oportunidades comerciales de alto valor agregado”.
«El paso del seguro tradicional al paramétrico implica modificar la estructura funcional del contrato porque no será necesaria una inspección de daños para determinar la pérdida»
Mariel Adaro, (abogada especializada en Derecho de Seguros)
«No se trata de elegir entre uno u otro. Cada uno funciona mejor para determinados riesgos y necesidades. Incluso pensarlos juntos puede ser sumamente interesante»
Marcelo Girardi, (fundador y CEO de MGA Group)
Más allá del agro: aplicaciones y experiencias
Para cerrar, las miradas apuntan hacia adelante: la experiencia regional como ejemplo, nuevas aplicaciones en sectores muy distintos y un agro que sigue siendo el terreno donde estas coberturas tienen más potencial.
Farizano repasó las experiencias de la región que podrían servir de modelo: “En América Latina existen varias experiencias interesantes que demuestran el potencial de estas soluciones. Perú, por ejemplo, ha desarrollado mecanismos de transferencia de riesgos catastróficos mediante instrumentos paramétricos vinculados a terremotos, permitiendo acceder a capacidad internacional y disponer rápidamente de recursos ante siniestros de magnitud. México también cuenta con una importante trayectoria en coberturas paramétricas frente a terremotos y huracanes, mientras que Colombia ha avanzado en soluciones vinculadas a riesgos climáticos, especialmente en el sector agropecuario. Consideramos que Argentina tiene condiciones para avanzar en una dirección similar, adaptando los productos a las características de su territorio. La reciente regulación es un gran paso adelante, pero su desarrollo dependerá de la articulación entre aseguradoras, reaseguradoras, intermediarios, organismos públicos y proveedores de información. En ese proceso, el reaseguro debe cumplir un papel fundamental, no solamente aportando capacidad, sino también conocimiento técnico y experiencia internacional”.
Luego, Acrogliano coincidió en que el potencial trasciende al campo y sumó el ángulo tecnológico: “Uno de los aspectos más interesantes de la Resolución 315/2026 en particular, y en general de los seguros paramétricos, es que su potencial trasciende ampliamente al sector agropecuario, que históricamente ha sido el principal ámbito de desarrollo de este tipo de productos en la Argentina. En este sentido, el nuevo marco normativo podría facilitar e incentivar el desarrollo de nuevos productos, como por ejemplo coberturas vinculadas a demoras o cancelaciones de vuelos, falta de viento para parques eólicos, precipitaciones extraordinarias que afecten obras de infraestructura o determinadas condiciones climáticas que impacten sobre actividades turísticas. De hecho, a nivel internacional ya existen aplicaciones de este tipo en sectores tan diversos como transporte aéreo, turismo, energía, infraestructura, logística, gestión de riesgos climáticos, etc. Por otra parte, los seguros paramétricos presentan una afinidad natural con los desarrollos tecnológicos más recientes. Al depender de parámetros objetivos y fuentes de información previamente definidas, son particularmente aptos para la aplicación de procesos de automatización. En este sentido, la utilización especialmente de datos satelitales, sensores remotos, inteligencia artificial y mecanismos de ejecución automática (los denominados smart contracts) podría contribuir a reducir tiempos operativos, simplificar significativamente la gestión de siniestros y generar eficiencias operativas en beneficio de aseguradores y asegurados. Por último, considero importante destacar que los seguros paramétricos no necesariamente están llamados a sustituir al seguro tradicional. Probablemente su mayor aporte consista en complementar las herramientas existentes de transferencia de riesgos y en brindar soluciones para riesgos o exposiciones particulares, respecto de los cuales los mecanismos tradicionales presentan limitaciones o dificultades prácticas”.
Para finalizar, Girardi cerró con la situación del agro, el terreno donde estos productos más se desarrollaron: “El agro es, sin duda, uno de los ramos donde los paramétricos tienen más potencial. Un buen indicio de esto es que la nueva resolución de la Superintendencia de Seguros de la Nación que regula estos productos (315/2026) prevé la intervención de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación cuando la naturaleza del riesgo lo requiera. No es que la norma se limite al sector agropecuario, sino que se trata de un sector clave por su gran exposición al riesgo climático. Cabe destacar que esta nueva normativa fue un paso clave para estos desarrollos, y fue posible tanto gracias al trabajo mancomunado del mercado como de la excelente predisposición de la Secretaría y la Superintendencia. El seguro agropecuario argentino es un mercado muy maduro y con una competencia muy importante con más de 30 compañías activas, pero hace años que está relativamente estancado. Esto tiene mucho que ver con que no existe una gran oferta privada de coberturas para los riesgos que más preocupan a los productores agropecuarios: la sequía y la inundación. Por supuesto en general el principal riesgo percibido es la sequía, aunque este año, por razones obvias, se habla más del exceso hídrico. El mercado se desarrolló con fuerza alrededor del granizo, con una importantísima penetración y muchísima especialización. Pero estos riesgos sistémicos, que afectan a regiones enteras al mismo tiempo, siguen en gran medida sin respuesta. Ahí el paramétrico tiene mucho para aportar. Gracias a los índices satelitales y a las redes de estaciones meteorológicas, hoy es posible medir sequías, excesos y anegamientos con una precisión cada vez mayor. Además, puede pagar sin peritar lote por lote, algo inviable a gran escala por los costos operativos que implicaría. Con esta realidad, estamos en un momento de mucha efervescencia en el mercado. Aseguradoras, reaseguradores, proveedores tecnológicos, agentes de cálculo e incluso actores públicos están trabajando en productos y programas. Si bien aún no se ha concretado la primera operación bajo el marco simplificado de la nueva normativa, considero que es inminente, y que a partir de allí estas coberturas tenderán a multiplicarse. En el agro, los paramétricos vienen a resolver un problema concreto de los dos lados. Para el productor agropecuario, representa una solución ágil y transparente frente a los riesgos climáticos que más lo preocupan. Para el mercado asegurador, representa una oportunidad para volver a crecer”.